La sanción de la Ley 74-25, que crea el nuevo Código Penal, volvió a poner sobre la mesa una preocupación sobre la manera en que el Congreso dominicano y el oficialismo están legislando desde el poder: con una narrativa de regulación que, en la práctica, podría afectar el ejercicio periodístico y la libertad de expresión.
El debate, además, deja un contraste difícil de pasar por alto. De acuerdo con el texto, legisladores del partido oficialista respaldaron un Código Penal que hoy compromete herramientas de denuncia y fiscalización pública que antes usaron con amplitud desde la oposición en medios digitales, radio y televisión. La interrogante que queda abierta es política e institucional al mismo tiempo: qué cambió entre exigir libertad para cuestionar y aprobar ahora disposiciones que podrían limitarla.
Uno de los aspectos más delicados aparece en la Sección II, referida a infracciones contra las personas mediante imágenes, audios y montajes. El artículo 192 fija penas de seis meses a un año de prisión menor, además de multas de uno a dos salarios mínimos del sector público, por la difusión de imágenes o audios sin consentimiento. Aunque la protección de la privacidad es una finalidad legítima, la inquietud surge por una redacción que, como señala el texto, no diferencia con suficiente claridad entre el ejercicio profesional del periodismo, respaldado por principios éticos y normas legales, y la publicación de contenidos en redes sociales por usuarios particulares.
Ese vacío técnico no es menor. Cuando una ley combina la necesidad de frenar excesos con disposiciones que podrían alcanzar a medios y periodistas, el costo social deja de ser abstracto: se compromete el derecho ciudadano a estar informado y se debilita una función esencial de control sobre el poder. Lejos de cerrar la discusión, la Ley 74-25 refuerza la demanda de vigilancia pública y de rendición de cuentas a un Congreso que, según la crítica recogida, vuelve a mostrar falta de visión en un asunto central para la institucionalidad democrática.
