A medida que se acerca el 3 de agosto de 2026, fecha fijada para la entrada en vigor de la Ley 74-25, el nuevo Código Penal queda marcado por una alerta institucional de alto impacto: el Tribunal Constitucional sigue sin dar a conocer su fallo sobre la acción directa de inconstitucionalidad contra los artículos 106 al 111, que establecen la penalización absoluta del aborto. El recurso reabre un contraste incómodo entre la capacidad del Estado para legislar castigos y su incapacidad para responder a un problema con claro costo social y sanitario.
La impugnación fue presentada por Rosa Herminia Hernández, madre de Rosaura Almonte Mateo, Esperancita, junto a la Alianza Cristiana Dominicana, Católicas por el Derecho a Decidir República Dominicana, Participación Ciudadana, el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), a través de su Facultad de Ciencias Sociales y su Centro de Estudios de Género, y Æquitas Estudio Jurídico. De acuerdo con el planteamiento jurídico, la penalización absoluta vulnera la dignidad humana, la igualdad, la integridad personal y la autonomía de la mujer. No se reclama aborto libre, sino las tres causales: inviabilidad del feto, riesgo inminente para la vida de la madre y embarazo producto de violación o incesto.
La discusión llega además con un dato que refuerza la exigencia de fiscalización sobre las decisiones públicas: República Dominicana registró 130 muertes maternas por cada 100,000 nacidos vivos en 2024, una de las tasas más altas de la región. Así, la controversia deja de ser solo doctrinal y exhibe una brecha entre norma y realidad, especialmente cuando el caso de Esperancita continúa como recordatorio de las consecuencias de un sistema que llega tarde o no llega.
El recurso, analizado junto al abogado Pedro Castellanos, busca que el TC revise una legislación que, de entrar en vigor sin cambios, impondría penas de hasta dos años de prisión para las mujeres y de tres a treinta años para el personal médico que intervenga. Desde el 18 de junio, el fallo permanece reservado, y ahora la presión recae sobre una institucionalidad obligada a rendir cuentas ante una decisión que no solo fija un criterio penal, sino el tipo de respuesta que el Estado ofrece frente a pobreza, salud y derechos fundamentales.
