La Cámara de Diputados dio este sábado luz verde, en primera lectura, a 32 cambios distribuidos en 24 artículos de la Ley 74-25 del Código Penal, en una revisión que sigue abierta y que podría incorporar nuevas modificaciones este lunes. La votación vuelve a poner bajo escrutinio el curso legislativo, tanto por la magnitud de los ajustes como porque varios inciden en sanciones, límites y criterios de aplicación en asuntos delicados.
Entre las modificaciones figura el artículo 192, relativo a la difusión de audios o imágenes sin consentimiento, que solo sería castigada cuando ocurra en el ámbito privado o exista una expectativa razonable de discrecionalidad. En ese mismo apartado, la pena mínima se extiende hasta quince días, frente a los seis meses del modelo actual, mientras la máxima se mantiene en hasta un año de prisión. Además, se procura excluir del nuevo Código Penal la sanción en los casos en que el contenido falso haya sido elaborado mediante montajes.
También se tocaron los artículos 207, 208 y 211. En el 207, sobre perjurio, la pena pasaría de cinco a diez años de prisión a entre dos y cinco años. En el 208, que trata la difamación, se plantea reducir la sanción de dos a cinco años a entre uno y dos años de prisión, además de precisar que no será punible si se produce en medios de comunicación, streaming y en el ciberespacio. En el 211, los diputados añadieron que no serán consideradas difamación o injuria “las expresiones, opiniones y críticas vinculadas con actos de corrupción, políticas públicas, función pública, servicios públicos y actuaciones que atenten contra el interés público”, aunque solo cuando estén respaldadas por elementos probatorios o precedidas de una verificación razonable de la información. Con más cambios todavía en discusión, la primera lectura deja abierto un tramo de alta sensibilidad institucional que exige vigilancia pública antes de la aprobación definitiva.
