El Consejo del Poder Judicial aclaró este martes que los movimientos aprobados recientemente en determinados órganos judiciales no constituyen traslados de jueces, sino reasignaciones dentro de los mismos tribunales. La precisión se produjo luego de que circularan versiones sobre decisiones administrativas cuyo alcance, según la propia institución, debía delimitarse dentro del marco de la carrera judicial.
Según explicó el Poder Judicial, la resolución núm. CPJ-2026-RECA-014 conoció movimientos internos propuestos por la Dirección General de Administración y Carrera Judicial para reorganizar el servicio. La versión oficial indica que se trata de una reconformación interna de salas en órganos colegiados, definida a partir de las necesidades del servicio, la distribución de la carga de trabajo y el reequilibrio de la experiencia jurisdiccional tras ascensos y cambios de jerarquía en distintos órganos.
La institución también marcó distancia entre esas decisiones y el traslado judicial contemplado en la Ley núm. 327-98 sobre Carrera Judicial, al señalar que los magistrados siguen en la misma cámara, jurisdicción, especialidad y categoría. No obstante, el hecho de que el organismo haya tenido que precisar públicamente el alcance de la medida y de que estas decisiones aún puedan ser recurridas mantiene abierto un frente de fiscalización sobre la transparencia administrativa y la estabilidad con que debe operar el servicio de justicia, un punto sensible en el debate institucional del país y en las exigencias de rendición de cuentas al gobierno dominicano.
