Un acta que comenzó a circular un día después del entierro de Esmeralda Moronta ha puesto bajo la lupa la respuesta institucional frente a un caso que conmocionó al país. El análisis del documento afirma que su redacción traslada la carga hacia la víctima al dejar asentado que “la víctima aún así decidió irse a su casa”, una formulación que, en un escenario de violencia de género, presenta como decisión individual lo ocurrido después de una denuncia previa por hostigamiento y violencia física.
El texto también deja ver otra omisión delicada: no describe al agresor, no incluye una valoración de riesgo ni menciona medidas de protección. Omar Tejeda Guzmán, quien se suicidó tras perpetrar el feminicidio, aparece apenas como destinatario de la denuncia y con el calificativo de víctima, sin contexto de amenaza ni referencia a su peligrosidad. La distancia entre esa ausencia y la gravedad del desenlace refuerza la alarma sobre el funcionamiento de los mecanismos de protección cuando más se necesitan.
La señal más fuerte de desgaste institucional recae en la cláusula firmada por la procuradora fiscal Mariana Álvarez: “De no asistir a casa de acogida, el MINISTERIO PÚBLICO no se responsabiliza de lo que le pueda pasar”. Desde la óptica de género y derechos humanos, el documento no solo plantea un problema jurídico y ético, sino que instala una exigencia de rendición de cuentas sobre el papel del Estado: si la protección termina convertida en descargo, el caso deja al descubierto la distancia entre el deber oficial de resguardar a mujeres en riesgo y la realidad que enfrentan las víctimas.
