El Tribunal Superior Electoral dejó en estado de fallo reservado el recurso contencioso en nulidad presentado contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral, norma que fija el registro de firmas encuestadoras y regula la publicación de encuestas en materia electoral. En la audiencia, el tribunal también dispuso la fusión de dos expedientes vinculados al caso, uno sobre medidas cautelares de extrema urgencia y otro sobre el recurso principal, que seguirán bajo el expediente TSE-01-0013-2026.
La acción fue interpuesta por Justicia Sin Fronteras, representada por el abogado Harrison Féliz Espinosa, contra la JCE. Los accionantes piden declarar válida la demanda y ordenar la suspensión provisional e inmediata de las disposiciones impugnadas para permitir la libre circulación, difusión y publicación de encuestas de opinión con fines electorales. También solicitan que la JCE se abstenga de aplicar medidas derivadas del artículo décimo tercero del reglamento y sus párrafos, en particular las que puedan impedir, restringir o sancionar la divulgación de encuestas fuera de los períodos oficiales de precampaña y campaña.
El eje del litigio coloca bajo escrutinio la potestad reglamentaria de la JCE. Según los demandantes, el órgano electoral habría excedido sus atribuciones al imponer por vía administrativa restricciones que, afirman, no están expresamente previstas en la legislación dominicana. Con el caso pendiente de decisión, queda abierta una discusión institucional sobre los límites del reglamento y la necesidad de control judicial sobre disposiciones que impactan derechos fundamentales en el debate electoral.
